¿Tu verdad? No, la Verdad,

y ven conmigo a buscarla.

La tuya, guárdatela.

(Antonio Machado)

UNA POSICIÓN PLAUSIBLE SOBRE EL RÉGIMEN PENAL DE LA MINORIDAD


Publicado en revista "Pensamiento Penal" n° 162, 12/12/2013


Luis Fernando Niño

¿DERECHO PENAL PARA NIÑOS INFRACTORES? 


 I. Escribo estas líneas, destinadas a integrar el libro que representará un merecido homenaje al Profesor Juan Pegoraro, en circunstancias en que ambas cámaras del Congreso Nacional argentino se disponen a debatir acerca de los proyectos presentados por legisladores de diversas bancadas, referidos a la creación de un régimen penal para niños. Me refiero a niños, porque lo son todas las personas que no han cumplido los dieciocho años de edad, y las diferentes propuestas conocidas se refieren a ellos, con independencia de que algunos pretendan incluir a los que hayan cumplido doce años y otros a los que cuenten con catorce. Todos los destinatarios directos del conjunto de reglas que se pergeña son, en definitiva, niños, como lo declara, con su consabida jerarquía constitucional la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño en su artículo 1°. Es así, pues, más allá de la difusa hojarasca conceptual con que se pretende encubrir el designio de los poderes políticos, que incluye frases como “responsabilidad juvenil” o “régimen penal para adolescentes”.