Aquí se dan a publicidad notas del autor y noticias que conciernen a la niñez en la Argentina y en el mundo.
¿Tu verdad? No, la Verdad,
y ven conmigo a buscarla.
La tuya, guárdatela.
(Antonio Machado)
¿ALGUIEN HA OÍDO PROTESTAR A UNICEF?
LA OFICINA DE UNICEF EN LA ARGENTINA PRESIONA A LAS AUTORIDADES.
PRETENDE QUE LOS MENORES DE 16 AÑOS QUEDEN SIN PROCESO JUDICIAL CUANDO COMETEN HECHOS QUE LAS LEYES CONSIDERAN DELITOS.
¿HACE LO MISMO EN OTRAS LATITUDES? ¿EN ESTADOS UNIDOS, EN REINO UNIDO, EN SUIZA?
¡DEBEMOS DESPERTAR Y RESISTIR!
CADA PAÍS DEBE DARSE EL ORDENAMIENTO JURÍDICO QUE SU REALIDAD EXIGE, Y NO EL QUE IMPONEN LOS AMOS DEL MUNDO.
La policía arresta a un niño de 13 años y busca a otros dos menores por el asesinato de una joven en EE.UU.
La muerte de Tessa Majors, que estaba interesada en el periodismo y tocaba en una banda de rock, ha estremecido a la comunidad estudiantil neoyorquina
ABC/EFE
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Detectives de la policía de Nueva York y miembros de la Unidad CSI trabajan en la escena del crimen - EP |
Un niño de 13 años permanece arrestado en Nueva York
en relación con el asesinato con un cuchillo de una universitaria, de 18 años,
en un parque de Manhattan, mientras la policía busca a otros dos sospechosos,
entre ellos el autor del crimen.
Un juez mantiene la detención del menor hasta este
martes, cuando habrá una segunda audiencia del caso en la que se espera que el
niño sea acusado formalmente de haber participado en un robo en el que una
persona fue asesinada, así como de posesión de un arma con fines delictivos,
señala «The New York Times».
Según medios locales, tras ser detenido, el menor
habría admitido su implicación en el ataque a Tessa Majors en el parque
Morningside cerca de la universidad Barnard College donde estudiaba.
Las autoridades consideran que el menor formaba
parte del grupo que atacó a la estudiante y que otras dos personas participaron
en el apuñalamiento. De hecho, otro sospechoso está siendo interrogado y, según
la cadena «ABC», sería también menor, de 14 años, mientras que las autoridades
continúan en la búsqueda de quien consideran fue el autor del crimen.
El asesinato de la joven, que estaba interesada en
el periodismo y tocaba en una banda de rock, ha estremecido a la comunidad
estudiantil.
Rodney Harrison, jefe de detectives de la policía de
Nueva York, ha explicado que Majors caminaba por el parque cuando un grupo de
jóvenes se le acercó, que hubo una lucha y que uno de los atacantes la apuñaló
varias veces, tras lo cual huyeron.
Majors, según Harrison, logró subir un tramo de las
escaleras y salir a la calle donde un guardia de seguridad de la universidad la
encontró y fue llevada a un hospital del área donde murió debido a las heridas.
ASÍ DEFIENDEN LOS "PROGRESISTAS" LOS DERECHOS DEL NIÑO EN LA ARGENTINA
Publicado en LA VOZ DEL INTERIOR
Pruebas Pisa: Argentina, entre los nueve países con peor desempeño en Matemáticas
Saquen una hoja. En la última edición de las pruebas
Pisa participaron 458 escuelas y 14.546 estudiantes argentinos. (La Voz /
Archivo)
MARIANA OTERO
Martes 03 de diciembre de 2019
La educación Argentina no arranca y, una vez más, se ubica a la cola del ranking mundial de rendimiento en Lectura, Matemáticas y Ciencias que se desprende de las pruebas Pisa, el operativo global de evaluación, creado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde), que se realiza cada tres años.
Los datos, que se difunden hoy en todo el mundo, y a
los que accedió ayer La Voz, muestran que la Argentina se mantiene estable en
su rendimiento desde 2003, con una reducción en la brecha entre los de mayor y
menor desempeño. No obstante, la mayor proporción de alumnos, en todas las
disciplinas, sigue estando en el nivel de desempeño inferior.
Según la evaluación, el rendimiento en Matemáticas
de los alumnos argentinos de 15 años se ubica entre los ocho peores del mundo.
Aparece en el puesto 71 entre 79 países, sólo por encima de Indonesia, Arabia
Saudita, Marruecos, Kosovo, Panamá, Filipinas y República Dominicana.
LA ADOPCIÓN DE NIÑOS EN MANOS DE PERVERSOS
La adopción de niños debe estar regulada con estrictez para evitar que un instituto jurído de protección de derechos fundamentales se use para satisfacer mezquinos intereses, y hasta para servir a importantes negocios a nivel nacional o internacional.
No dejó de llamar la atención, por eso, que el Comité de Derechos del Niño aprovechara, con la anuencia sorpresiva de UNICEF en Argentina, la última reunión de los Jueces comprometidos con los Derechos del Niño en buenos aires, a fines de 2018, para proponer la firma de un documento que requiriese al Gobierno Argentino el cese de la reserva que se ha hecho a la adopción internacional en la misma ley de ratificación de la convención sobre los Derechos del Niño (ley 23.849). La propuesta fue enfáticamente rechazada por jueces provinciales, que sostuvieron no se había probado todavía que hubieran desaparecido las circunstancias que habían motivado la postura reticente de nuestro país al respecto.
Episodios como éste que trae la prensa en nuestros días confirman que en este delicado tema debe obrarse con suma cautela; que las mejores intenciones pueden naufragar en las aguas de los intereses y las especulaciones más reprobables.
Publicado en PÁGINA 12
El mundo
23 de mayo de 2019
Sucedió en un shopping de Cuiabá
Repudio en Brasil a un desfile de chicos para adoptar
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Imagen: Twitter |
Un shopping de Cuiabá, en Brasil, fue escenario de
una iniciativa que concitó amplias expresiones de repudio: chicos huérfanos de
entre 4 y 17 años desfilaron ante un público que podía elegir por adoptar allí
mismo. El particular evento fue organizado por la Asociación Matogrossense de
Investigación y Apoyo a la Adopción, junto con la Comisión de Infancia y
Juventud de la Orden de los Abogados de Brasil, Seccional Mato Grosso, y se
desarrolló en el Pantanal Shopping.
Para peor: fue la segunda vez que se hizo algo así
en el lugar. El repudio se dio con alusiones a los siglos de esclavitud que
sufrieron cientos de miles de personas en Brasil. “Lo que parece este desfile
es una antigua feria de esclavos, donde los señores veían los dientes de los
africanos para negociar el precio”, afirmó el abogado Eduardo Mahlon. A su vez,
Guillermo Boulos, candidato presidencial en las últimas elecciones, dijo que el
desfile fue de una “perversidad increíble” y que puede tener “efectos
devastadores” en los menores.
Sin embargo, no faltó quien apoyara el desfile. “Es
una noche para que las personas que están aptas para adoptar puedan conocer a
los niños”, expresó Tatiane de Barros Ramalho, presidente de la Comisión de
Infancia y Juventud que organizó el desfile. “La población en general puede
tener más información sobre la adopción y los niños tienen un día diferente, en
que arreglan el pelo, la ropa y el maquillaje para el desfile”, añadió.
A su vez, el Pantanal Shopping se manifestó “honrado
en recibir el proyecto que incentiva la adopción en Brasil”, según declaró
Ticiana Pessoa, su gerenta de marketing.
Mientras, los comentarios en contra arreciaron en
Twitter. "¡Los niños no son perros en una tienda de mascotas ni prendas en
una percha! ¿Pensaron en la frustración de quien no es elegido? ¡Es un mal
irreparable! ¿Quién defecó esa idea? Ya me imagino esta escena, con los
pretendientes a la adopción con una plaquita, como si fuera un remate",
escribió un usuario de la red social.
"Es tan asqueroso que duele, ¿cómo pueden
exponer así a seres humanos? Al ver quienes apoyan esto, me quedo perpleja.
Pensé que era una feria de horrores, pero no, tiene apoyo oficial.
¡Verguenza!", fue otro comentario que pudo leerse.
OTRA MIRADA SOBRE EL ABORTO COMO DERECHO DE LA MADRE A MATAR AL HIJO EN GESTACIÓN
Publicado en LA PRENSA
La diferencia entre legalidad y justicia
El debate por el aborto actualizó el riesgo de adoptar un legalismo pragmático carente de legitimidad.
12.08.2018
Cultura
El filósofo mediático Darío Sztajnszrajber pidió en el Congreso que se aborde la justicia en términos políticos, no metafísicos.
POR CEFERINO
P. D. MUÑOZ
Entre los
numerosos discursos que pude escuchar a favor de la legalización del aborto,
tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores, hay uno que me llamó
particularmente la atención. Fue el del filósofo mediático Darío
Sztajnszrajber. Una de las frases que utilizó en el Congreso de la Nación
sentenciaba que "en nombre de la "verdad" se han cometido los
más grandes exterminios de la historia". La frase viene a cuento ya que
Sztajnszrajber también allí sostenía que la justicia en una sociedad es una
cuestión que debe abordarse en términos estrictamente políticos y no
metafísicos. "Política, no metafísica", repetía y repetía.
En lo que
sigue intento ofrecer una variante a las palabras de Sztajnszrajber, pues su
modo de razonar entraña debilidades y serias consecuencias. Pero para ello es
importante darle amplitud de horizonte a la cuestión, para no quedarnos solo
con lo que acontece en Argentina.
UNA MIRADA SOBRE EL RECHAZO A LA LEGALIZACIÓN DEL ABORTO
Todos sabemos qué es lo que estaba en discusión: el derecho a abortar, a matar al niño en el seno materno durante los primeros meses de gestación. Y como un derecho de la madre desnaturalizada que el Estado debía garantizar y los centros de salud públicos y privados debían asegurar, lo que más temprano que tarde obligaría a las obras sociales a brindar la cobertura gratuita. Esto es lo que ha rechazado el Senado de la Nación, reparando el despropósito que venía de la Cámara Baja.
Pero no nos engañemos. La discusión se originó en la amoralidad procedente de la más alta magistratura de la República, capaz de poner en juego cualquier tema como un homenaje a la democracia.
La victoria del "no" fue una respuesta de sentido común, quizás -sólo quizás- interpretando sus votantes que tal es la convicción de la inmensa mayoría del pueblo argentino, que tiene sus defectos pero que no es criminal. Si sus dirigentes lo traicionan, ¡ah!, esa es otra cosa. A los cordobeses nos duele, en esa dirección, que sus tres senadores nacionales se hayan asociado para votar en contra de esa convicción mayoritaria. La senadora Laura Rodríguez Machado lo hizo en nombre de su hija, como si todos los cordobeses debiéramos someternos a los deseos de su hija, si es que tales son sus deseos.
La discusión se reabrirá en semanas más con motivo del nuevo Código Penal, pero será distinto. Ya no estará en juego la legalización del aborto como un derecho a garantizar, sino las circunstancias en que se comete tal crimen como atenuante o como eximente de responsabilidad penal, manteniendo o ampliando las causales previstas en el Código Penal desde el año 1921. En otras palabras, como excepción a la persecución penal que debe motivar el acto doloso de dar muerte a una víctima inocente. Veremos entonces si la nueva discusión se presenta en esta dirección o si da oportunidad para que se introduzca otra vez y con trampas -ya que la Constitución no lo admite en el mismo año de su rechazo- la "legalización" bajo el disfraz de la "despenalización". Todo parece posible para muchos de nuestros legisladores a espaldas del pueblo que dicen representar.
No sería bueno cerrar estas líneas sin hacer notar que esta discusión ha dejado a la vista intenciones y especulaciones de quienes se dicen defensores de los derechos del niño.
Así sucede con la UNICEF y su posición sobre el aborto. Igualmente con las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), esos "colectivos" que se rasgan las vestiduras cuando recaen medidas restrictivas sobre el adolescente transgresor (y tienen razón), pero que callan sugestivamente cuando está en cuestión el despedazamiento de un niño inocente en el vientre materno (y en esto no tienen razón ni vergüenza). Puede que esto responda a que algunas de esas organizaciones cuentan con aportes extranjeros, de fondos y organizaciones siempre interesadas en el control de la natalidad por cualquier medio, incluso este criminal, pero esto no los justifica.
También sucede con entidades y personas que se presentan como referentes en el tema pero luego guardan silencio o actúan a ocultas para salvar un sitial, una magistratura, una cátedra, un escaño. Ya están a la vista y han perdido toda autoridad en la defensa de los derechos del niño. De ahora en más sus palabras sonarán huecas, sin sustento, de mera especulación intelectual o política para ganar voluntades o votos.
En cuanto a aquéllos que acusan a entidades religiosas de haber alentado la resistencia, como si esto les quitara legitimidad a quienes han votado contra la inicua ley, olvidan la historia nacional, la cultura popular real -no la "inventada" por medios de prensa que han hecho una campaña masiva y desvergonzada en favor de los abortistas- y la tradición jurídica del país, en que desde sus albores el niño en gestación ha sido considerado "persona por nacer". No se advierte qué es lo que vicia la resistencia de quienes reconocen que en todo lo que existe, y particularmente en cada niño que adviene -querido o no por sus progenitores-, está presente el Amor del Creador. Como podría decirlo cualquier cristiano que se precie de tal, nada tiene que ver este crimen con el trato que se debe a la mujer y que ampliamente reconocen las epístolas del magisterio paulino en las Sagradas Escrituras.
Esperemos todos que, una vez acallado el fragor de este debate, haya mayor cordura en quienes deben tomar decisiones en este tema, y sobre todo mayor respeto a la investidura que les ha confiado la ciudadanía para asumir su representación. Una investidura que no los habilita para aceptar la muerte injusta de quienes están llamados también a ser ciudadanos. Todos ellos -al igual que algunos notorios juristas partidarios del aborto- han sido embriones alguna vez, pero a ninguno de ellos -como ahora lo pretenden con otros- se les negó el derecho a nacer.
José H. González del Solar
CONOCIENDO A QUIENES "DEBATEN" EL ABORTO
LA IMPORTANCIA DE UNA NOTA PERIODÍSTICA QUE REFLEJA AL PERSONAJE TAL CUAL ES.
Publicado en LA NACIÓN
Marisa Herrera, la multifacética abogada K que lucha por la legalización del aborto
7 de agosto de 2018 • 01:15
En el hall de entrada al
departamento de Marisa Herrera, con vista a la avenida Figueroa Alcorta, un
juego típico del Italpark se exhibe bajo un cubo de acrílico. Es una obra del
artista Dino Bruzzone. Frente a ella, varias sogas con bolas de vidrio simulan
una lluvia por el hueco de la escalera. La abogada de 45 años cuenta que, su
marido, el también abogado José Cárdenas, sumó esa obra a su colección en la
última edición de ArteBa. Las obras que se replican por la casa pasan tan poco
inadvertidas como su anfitriona, una letrada progresista y feminista que
impulsó grandes reformas en el Derecho de Familia, su especialidad.
Los anteojos de diseño y de
colores estridentes son su marca distintiva. Lleva una camisa de seda azul, un
choker negro de cuero con tachas, aros con forma de estrella, una uña de cada
color y anteojos negros de diseño. En Marisa no hay nada librado al azar. Es
apasionada y meticulosa.
POR QUIEN DOBLAN LAS CAMPANAS
LOS QUE IMPULSAN EL NUEVO GENOCIDIO
El debate por el aborto legal en Argentina llegó al New York Times
Mundo 07/08/2018
En vísperas de la votación en el Senado, Amnistía Internacional publicó una contratapa a favor de la ley para la interrupción voluntaria del embarazo (IVE).
Este martes, en
víspera de la votación en el Senado, la contratapa del New York Times
Internacional llevó una publicación a favor del aborto legal. - Foto: NYT
Amnistía Internacional publicó este martes una
contratapa en apoyo a legalización del aborto en Argentina, en la edición del
New York Times International. De color verde, la última página del diario llegó
a 134 países en vísperas de la votación de la iniciativa en el Senado.
LA HIPOCRESÍA DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU)
EN SUS ESTÁNDARES INTERNACIONALES DICE DEFENDER AL NIÑO, PERO ABOGA POR SU MUERTE EN EL SENO MATERNO.
ES REPUGNANTE, COMO SON REPUGNANTES QUIENES APOYAN ESTAS MOCIONES CRIMINALES.
Publicado en CLARÍN
06/06/2018 - 21:33
Clarin.com
Sociedad
Un informe que menciona a la Argentina
La ONU recomendó garantizar la práctica segura del
aborto para las menores.
El Comite por los Derechos del Niño instó a que el
Estado argentino asegure el acceso a abortos seguros y servicios de cuidado
post-aborto de calidad a las adolescentes.
Julieta Roffo
El Comité por los Derechos del Niño de las Naciones
Unidas emitió este miércoles un informe sobre Argentina que, en sus
conclusiones, insta a que el Estado "asegure el acceso a abortos seguros y
servicios de cuidado post-aborto de calidad a las adolescentes". La
interpelación llega una semana antes de que la Cámara de Diputados vote si
legaliza o no el aborto hasta las catorce semanas de gestación.
La recomendación del comité internacional se da
"en un contexto en el que se notan con preocupación las barreras que los
adolescentes aún deben enfrentar para acceder a la educación sexual, así como a
servicios de salud sexual y reproductiva", según el informe publicado en
el sitio web del comité.
Entre otras recomendaciones al Estado Argentino, se
suman justamente asegurar el acceso a la educación sexual y reproductiva a
través de la currícula escolar, con especial atención ante temas como el
embarazo adolescente -"de incidencia alta", según el informe- y las
enfermedades se transmisión sexual.
Según cifras presentadas por Unicef en la Argentina,
las adolescentes son madres del 15 por ciento de los bebés que nacen en el
país. Ocho nacimientos diarios -uno cada tres horas- son de menores de quince
años que han sido abusadas.
En ese mismo informe, el comité recomendó al Estado
argentino que esté garantizada la designación del Defensor de Niñas, Niños y
Adolescentes de la Nación, un cargo creado a través de una ley en 2005, pero
que permanece vacante desde ese entonces, y que podría impulsar el cumplimiento
de todos los demás derechos que asisten a los más chicos.
JUSTICIA RESTAURATIVA
Traemos hoy aquí el enlace a un importante trabajo de aproximación a la justicia restaurativa, una perspectiva que tanto bien puede acarrear cuando se trata de niños transgresores, de niños que han caído bajo el rigor de la ley penal.
Sin perjuicio de volver más adelante, y de manera más integral con nuestra posición al respecto, dejamos también nuestro enlace al blog que tiene la autora de este trabajo, que puede hallarse sobre el margen derecho de nuestro blog, seguros de que habrá de redundar en beneficios para nuestra justicia juvenil hoy en crisis.
APROXIMACIÓN A LA JUSTICIA RESTAURATIVA
Virginia Domingo de la Fuente
Profesora de la Universidad Internacional de La Rioja
Presidenta de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa
Coordinadora del Servicio de Justicia Restaurativa de Castilla y León
–
AMEPAX
Entrevista a la autora |
ELOGIO DE LA NIÑEZ
Elogio de la niñez inspirado en el Niño Dios
SIN ATENUANTES
27/10/2017
Madre condenada a prisión perpetua por no resguardar de la vida de su hijo
Su pareja -que recibió la misma sanción- zamarreaba al niño. Ella aprobaba su conducta porque consideraba que colaboraba con la educación de su hijo de dos años.
La Cámara en lo Criminal y Correccional de Sexta Nominación de la ciudad de Córdoba dio a conocer los fundamentos de la condena a prisión perpetua impuesta a los acusados Luis Alberto Moyano y Noemí Susana Malicho. El tribunal –integrado con jurados populares- consideró a la pareja acusada coautores del delito de homicidio calificado por el vínculo, en perjuicio del hijo de la mujer, que tenía dos años de edad.
La Cámara –por mayoría- consideró a Moyano como el autor material de las
lesiones: “Ha quedado suficientemente probado que zamarreaba
intencionalmente al niño de manera violenta debido a que le molestaba
que llorara o para ‘disciplinarlo’”.
La sentencia agrega que, tratándose de una criatura de dos años recién
cumplidos, que tenía una contextura inferior a la de su edad y un
retraso en su desarrollo, el imputado con su conducta creó un riesgo
jurídicamente desaprobado. “Actuó a sabiendas, asumiendo el riesgo de un
resultado letal como finalmente aconteció; revelando su comportamiento
los componentes volitivo y cognitivo propios del dolo eventual”, apuntó
el tribunal.
Cabe recordar que el niño ingresó inconsciente al Hospital Infantil de
Córdoba con un paro cardiorrespiratorio y que, según los médicos, su
muerte se produjo a causa de un traumatismo encéfalo craneano.
Posición de garante
En cuanto a la responsabilidad penal de la madre de la víctima, la
Cámara señaló que la mujer “hacía caso omiso y silenciaba los malos
tratos que recibía su pequeño hijo” y añadió que no puede descartarse
que incluso “haya contribuido a causarlos”.
La sentencia señala que Malicho permaneció “impasible” a la situación
que vivía su hijo y que aprobaba “lo que su concubino hacía, en el
entendimiento que -de esa manera- colaboraba con la educación de su
hijo”.
“Ella se encontraba en posición de garante, no solo por imposición de la
ley, sino porque ella misma fue quien creó la situación de peligro al
sustraer a su hijo de los cuidados de su familia y llevarlo a convivir
con un hombre al que recién conocía, al que admiraba por su carácter
fuerte”, explicó el tribunal.
“La acusada tuvo la posibilidad de intervenir, impidiendo el accionar de
Moyano, lo que no hizo. En efecto, lejos de frenar a su compañero,
consentía su conducta y la ‘cubría’, no habiendo solicitado atención
médica a tiempo para su hijo. Es que, no hay ningún indicio que permita
sospechar que se encontrara sometida física o moralmente por Moyano, al
punto tal de no poder abandonar la casa o -incluso- sacar de allí a su
hijo, ya que priorizaba su relación de pareja”, detalla la sentencia.
La única discrepancia que presenta la decisión judicial adoptada estuvo
dada por el voto de dos jurados populares que sostuvieron en su voto que
existían “dudas insuperables” respecto de la participación del imputado
Moyano y que, por lo tanto, solo Malicho podía ser considerada culpable
de la muerte de su hijo menor.
La Cámara en lo Criminal y Correccional de Sexta Nominación estuvo
integrada por los camaristas Pablo Brandán Molina, Adriana Carranza y
Julio Guerrero Marín, junto a ocho jurados populares.
Causa: “Malicho, Noemí Susana y otro p.ss.aa. Homicidio calificado por el vínculo”.
Fecha: 25 de agosto de 2017.
NOTAS PARA UNA NUEVA LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL
Después de todo un año que fue preparando el debate sobre una nueva regulación legal en la materia, dentro del Programa Justicia 2020 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, y cuando todo hacía prever que se convocaría formalmente a la nueva etapa, con arreglo a los tiempos que demanda la política en materia penal, despertamos el último 4 de enero con una noticia poco alentadora si se la considera fuera de su justo contexto: el Presidente Mauricio Macri, movido por la repercusión que había cobrado el caso "Braian" en los medios de prensa y en la llamada opinión pública, proponía públicamente, y sin más, la reducción de la edad de imputabilidad penal para los adolescentes, esto es la edad a partir de la cual se presume de manera absoluta que una persona tiene suficiente capacidad para discernir el sentido de sus actos y autodeterminarse en consecuencia; en definitiva, para responder por sus delitos ante la ley penal.
La edad que fija el vigente régimen penal juvenil (ley nacional 22.278, según reforma que ha hecho la ley 22.803) es hoy la de dieciséis años, y el Presidente planteaba bajarla a catorce años aduciendo que el discernimiento se tiene ya a esta edad, y que la mayoría de las legislaciones en el mundo la fijan en edad inferior a la que hoy establece la ley argentina. Enseguida surgieron voces dispares, y la falta de coincidencia se hizo evidente, tan evidente como las motivaciones subyacentes a cada una de las posiciones que exhiben con descaro la fractura existente en la sociedad argentina.
El tema, si lo consideramos desapasionadamente, es de suyo opinable en el marco de una legislación adecuada a la realidad infantojuvenil en un determinado ámbito de espacio y de tiempo, pero no es razonable fuera de este marco que le dé sustento, pudiendo así convertirse en el árbol que impida ver el bosque.
Es por eso que hemos querido expresar aquí algunas notas que nos sugiere la posibilidad de un avance hacia la nueva regulación sobre delitos cometidos en la niñez, notas que han inspirado un borrador que presentamos a consideración de quienes participan en el mentado Programa Justicia 2020 como una manera de impulsar el debate. Son notas elaboradas a partir de una muy larga experiencia judicial en lo penal juvenil, que no pretenden ser exclusivas de quien suscribe, ni excluyentes de las que otros puedan haber recogido en su propia experiencia, cualquiera sea el campo en que se hayan desempeñado.
- Lo primero que cabe puntualizar, ya que de niños o menores de edad hablamos, es que la distinción que hacen a su respecto Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes que rigen en consecuencia tiene una razón de ser. No es porque sean menos personas que los adultos, o menos ciudadanos que los mayores de edad, que se los distingue en la legislación sino en atención a que están cursando una etapa de su vida que exige protección para que puedan desarrollarse en plenitud, y dentro de esa protección la educación cumple un papel central. Protección implica educación, y esta manera de entender la niñez atraviesa toda la normativa que se le refiere.
- Lo primero que cabe puntualizar, ya que de niños o menores de edad hablamos, es que la distinción que hacen a su respecto Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes que rigen en consecuencia tiene una razón de ser. No es porque sean menos personas que los adultos, o menos ciudadanos que los mayores de edad, que se los distingue en la legislación sino en atención a que están cursando una etapa de su vida que exige protección para que puedan desarrollarse en plenitud, y dentro de esa protección la educación cumple un papel central. Protección implica educación, y esta manera de entender la niñez atraviesa toda la normativa que se le refiere.
- En general, los adolescentes transgresores provienen de familias en crisis, desintegradas o ensambladas, con figuras parentales que acusan dificultades en el ejercicio de la autoridad, y han incurrido en deserción escolar, preferentemente al terminar una primaria con serias deficiencias que lleva a que, pese a su edad, no sepan leer y/o escribir.
- En general, también, son adolescentes en que la transgresión no se presenta como algo compulsivo, atribuible a su salud psíquica, o algo contestatario, como rebeldía ante el sistema de valores y de normas vigentes. Tampoco -dejando a salvo alguna excepción- como compromiso con el delito, al modo de quien lo asume como su medio de vida, como una actividad profesional.
- Más bien se trata de adolescentes que viven a la deriva (David Matza), transitando la línea divisoria entre lo lícito y lo ilícito con irregularidad. Casi todos han tenido experiencia laboral, aún a edad precoz, y, aunque prefieren lo lícito porque ahorra inconvenientes, les parece que la transgresión es algo posible y que pueden justificar, a su manera, cuando se aventuran en esa dirección. Como se dijo antes, no cuestionan los valores ni las normas, pero se sienten autorizados a transgredirlas en pos de aquello que en la sociedad se aprecia como valioso, como eso que cualquiera debe tener.
- Hasta aquí, la descripción no marca una diferencia decisiva entre el adolescente transgresor y el que no lo es, pues muchos de sus pares no transgresores viven las mismas o parecidas circunstancias. Tampoco hace a esa diferencia el consumo de sustancias psicotóxicas, ya que vivimos en una sociedad en que la marihuana está tan difundida como el tabaco o el alcohol, y en que los adolescentes, los más vulnerables a esa influencia, incursionan luego en psicofármacos u otras drogas buscando mantener o acentuar el nivel de las sensaciones placenteras que les prodigan, como una manera de evadir la adversidad que a cada uno le toca vivir.
-Lo que sí tiene una gravitación importante es el emplazamiento social que caracteriza a los transgresores frecuentes, ya que la gran mayoría -que estimamos superior al 90% en la experiencia cordobesa- pertenece a grupos que viven en la extrema pobreza, que no pueden proveerse lo indispensable para la vida de una manera regular. Y hablamos de lo indispensable teniendo en cuenta las necesidades básicas de acuerdo a los parámetros que utilizan los departamentos gubernamentales que siguen con atención el termómetro social, pero debemos agregar los deseos insatisfechos -cada vez más amplios y más intensos- en una sociedad como la actual en que se incentivan constantemente para favorecer al mercado.
- La concurrencia de circunstancias es lo que permite comprender este fenómeno social afligente que suele llamarse "delincuencia juvenil", y que muchos vinculan a la sensación de inseguridad que vive la población cuando en realidad las estadísticas muestran que no llega al diez por ciento de la delicción general en el país. Porque un adolescente que carece de un entorno familiar que lo contenga, que al dejar la escuela está perdiendo oportunidades de inserción social, que es indiferente al valor que tiene el trabajo como medio de vida ya que admite la posibilidad de la transgresión como fuente de gratificación, que está expuesto a las drogas y necesita dinero para proveérsela, y, por sobre todo, que está permanentemente acuciado por los deseos que despierta una publicidad destemplada cuando vive en un escenario de extrema pobreza, es ya un sujeto que vive como un ente que responde ciegamente a estímulos, que busca lo placentero sin importar el costo, que desborda cualquier límite que quieran imponer sus mayores, que comete delito cuando entiende que es la vía idónea para satisfacerse, que no aprecia su vida como corresponde a un ser humano, que es incapaz -por lo mismo- de elaborar un proyecto de vida, de mirar seriamente hacia el futuro.
- Todo esto explica que la delicción en la adolescencia afecte principalmente a la propiedad ajena, y que aún los hechos de sangre aparezcan vinculados a esos delitos más que a lo estrictamente pasional.
- Mirando así la urdimbre que conlleva el fenómeno en cuestión, la respuesta social debe ser pertinente. No se trata de negar la gravedad que el delito tiene para la convivencia humana, ni la importancia que la ley penal tiene, como conquista de la civilización, para institucionalizar la respuesta, para evitar que la sed de venganza se convierta en "justicia por mano propia". Hay quienes caen en ingenuidades, sobre todo en valoraciones que portan un sesgo marcadamente ideológico, y niegan lo uno o lo otro, suscitando así reacciones desmesuradas en quienes obedecen a algún remanente de sentido común.
- Es muy cierto, porque así lo exige la naturaleza humana, que la pena esté presente en el régimen aplicable a adolescentes que cometen delitos a partir de determinada edad que los legisladores, representantes del pueblo, deben ponderar. Sin embargo, sólo puede alzarse como telón de fondo, y para quienes sean refractarios a un proceso educativo encaminado a insertarlos en la sociedad con conciencia de su propia dignidad como hombres y como ciudadanos, y con la mejor disposición para la convivencia en el respeto a los derechos y las libertades fundamentales (art. 40 de la Convención).
- Porque lo primero que debe ofrecer la legislación a los adolescentes transgresores, tengan ya o no tengan todavía edad de responsabilidad penal, es precisamente esto, educación social, la oportunidad de demostrar que pueden llevar adelante su vida con dignidad, con respeto y consideración, siendo confiables para los demás.
- Esto puede llevarse a cabo dentro de un proceso judicial, tanto para imputables como para inimputables por edad, si bien es preferible que se procure igual resultado por procedimientos alternativos como la conciliación, la mediación, la remisión, etc.
- Si debe haber proceso judicial, algo puede rescatarse de la actual ley 22.278 con relación a los adolescentes imputables. No que haya sido dictada por un régimen de facto, ni que responda a cánones paternalistas que venían del llamado "Estado de Bienestar", sino que ha previsto la cesura del juicio, estableciendo dos momentos en la decisión judicial: uno que declara la responsabilidad penal, y otro que eventualmente declara la necesidad de una pena. Este dispositivo, que venía de la ley nacional 14.394, del año 1954, es el que hizo exigible todo un esfuerzo estatal para que los precoces transgresores se recuperaran sin pena. Tan es así que los penados comprenden una ínfima cantidad con relación a la masa de adolescentes que demandan la intervención judicial por sus hechos delictuosos.
- Es que ese tiempo intermedio entre una y otra decisión, que la ley vigente llama todavía "tratamiento tutelar", es un lapso de educación social que permite al responsable de su delito probar que es confiable, que su conducta desarreglada ha sido superada por una nueva actitud ante la vida, por la adquisición de hábitos compatibles con la vida social, y que por todo ello deviene innecesaria la imposición de una pena como medida extrema. Opera, entonces, como alternativo a la pena, y no requiere siempre de segregación ya que las técnicas usadas pueden ser, según el caso, adecuadas a un régimen ambulatorio.
- Es muy cierto, porque así lo exige la naturaleza humana, que la pena esté presente en el régimen aplicable a adolescentes que cometen delitos a partir de determinada edad que los legisladores, representantes del pueblo, deben ponderar. Sin embargo, sólo puede alzarse como telón de fondo, y para quienes sean refractarios a un proceso educativo encaminado a insertarlos en la sociedad con conciencia de su propia dignidad como hombres y como ciudadanos, y con la mejor disposición para la convivencia en el respeto a los derechos y las libertades fundamentales (art. 40 de la Convención).
- Porque lo primero que debe ofrecer la legislación a los adolescentes transgresores, tengan ya o no tengan todavía edad de responsabilidad penal, es precisamente esto, educación social, la oportunidad de demostrar que pueden llevar adelante su vida con dignidad, con respeto y consideración, siendo confiables para los demás.
- Esto puede llevarse a cabo dentro de un proceso judicial, tanto para imputables como para inimputables por edad, si bien es preferible que se procure igual resultado por procedimientos alternativos como la conciliación, la mediación, la remisión, etc.
- Si debe haber proceso judicial, algo puede rescatarse de la actual ley 22.278 con relación a los adolescentes imputables. No que haya sido dictada por un régimen de facto, ni que responda a cánones paternalistas que venían del llamado "Estado de Bienestar", sino que ha previsto la cesura del juicio, estableciendo dos momentos en la decisión judicial: uno que declara la responsabilidad penal, y otro que eventualmente declara la necesidad de una pena. Este dispositivo, que venía de la ley nacional 14.394, del año 1954, es el que hizo exigible todo un esfuerzo estatal para que los precoces transgresores se recuperaran sin pena. Tan es así que los penados comprenden una ínfima cantidad con relación a la masa de adolescentes que demandan la intervención judicial por sus hechos delictuosos.
- Es que ese tiempo intermedio entre una y otra decisión, que la ley vigente llama todavía "tratamiento tutelar", es un lapso de educación social que permite al responsable de su delito probar que es confiable, que su conducta desarreglada ha sido superada por una nueva actitud ante la vida, por la adquisición de hábitos compatibles con la vida social, y que por todo ello deviene innecesaria la imposición de una pena como medida extrema. Opera, entonces, como alternativo a la pena, y no requiere siempre de segregación ya que las técnicas usadas pueden ser, según el caso, adecuadas a un régimen ambulatorio.
- Claro, para eso hace falta que cada jurisdicción tenga educadores especializados, educadores sociales como los que forma Córdoba en su Universidad Provincial (Instituto Domingo Cabred). Es un desafío que se puede afrontar en la medida en que las autoridades comprendan que existe este segmento de educandos hasta ahora invisible.
- Si finalmente hay que imponer pena, la misma debe sujetarse igualmente a pautas de educación social y en establecimientos especiales, aún en el marco del sentido retributivo que esa medida tiene en cualquiera de sus especies. De lo contrario, el establecimiento penitenciario bestializa. No es otra la lección que nos han dejado Batán, la ex Penitenciaría de Córdoba y recientes sucesos en prisiones del Brasil.
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